lunes, 25 de marzo de 2013

El Tribunal Constitucional confirma la doctrina sobre el carácter finalista de las cuotas de formación profesional y limita las competencias normativas de las Comunidades Autónomas
 
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El BOE del día 12 de marzo del 2013, ha  publicado dos nuevas Sentencias del Tribunal Constitucional en materia de formación para el empleo. La Sentencia 35/2013 de 14 de febrero, resuelve un conflicto positivo de competencia interpuesto por la Junta de Andalucía en relación con el Real Decreto 1046/2003 de 1 de agosto. Por su parte la Sentencia 37/2013 de 14 de febrero, resuelve otro conflicto positivo de competencia promovido por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, contra  la Orden TAS/2783/2004 de 30 de julio.
En general, las Sentencias confirman los criterios mantenidos hasta ahora por el Tribunal en cuanto a la competencia exclusiva del Estado en materia laboral, y el carácter finalista de la cuota de cotización a la seguridad social por formación profesional.
Pero además, en la Sentencia dictada en el procedimiento promovido por la Comunidad de Madrid, se contienen tres importantes novedades:  se declara que la facultad de gasto público y la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas no pueden considerarse un título legitimador de competencias;  que  la determinación de los beneficiarios de subvenciones (donde puede incluirse el establecimiento de los criterios de representatividad) corresponde al Estado en el marco de su función normativa y que es válida la referencia a la negociación colectiva estatal y a las Comisiones Paritarias Estatales que plantea la Convocatoria impugnada.

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