La identificación y valoración del inmovilizado
intangible es uno de los aspectos más delicados de la contabilidad de las
empresas. En muchos casos es muy difícil acreditar el alcance de los bienes
empresariales que no tienen presencia física, pero eso no es óbice para que se
deban aplicar una serie de normas que permitan estandarizar este
El reconocimiento inicial de un inmovilizado de
naturaleza intangible para su incorporación al patrimonio empresarial requiere
cumplir los criterios de que sea identificable y sirva para la obtención a
partir del mismo de beneficios o rendimientos económicos para la empresa en el
futuro y, además, que se pueda valorar de manera fiable.
Será necesario que el bien sea separable, es
decir, susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, cedido,
dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto
con el contrato, activo o pasivo con los que guarde relación.
En ningún caso se reconocerán como inmovilizados
intangibles los gastos de establecimiento de la empresa o del inicio de
una nueva línea de actividad por los siguientes conceptos u otros similares:
los honorarios, gastos de viaje y otros para estudios previos de naturaleza
técnica y económica; publicidad de lanzamiento; captación y formación del
personal.
Tampoco los desembolsos incurridos en la creación de
marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones
editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan
generado internamente.
La valoración
del inmovilizado intangible
El inmovilizado intangible habrá de valorarse por
su coste, ya sea por el precio de adquisición o por el coste de producción.
Los impuestos indirectos asociados sólo se incluirán cuando no sean
recuperables directamente de la Hacienda Pública.
El coste de un activo intangible generado internamente
por la propia empresa comprenderá todos los costes directamente atribuibles
necesarios para crear, producir y preparar el activo para su puesta en
condiciones de funcionamiento. Eso incluirían:
·
Los costes de materiales y servicios
utilizados o consumidos en la generación del activo.
·
Los costes de las remuneraciones a los
empleados derivadas de la generación del activo.
·
Los honorarios para registrar el
derecho.
·
La amortización de patentes y licencias
que se utilizan para generarlos.
En ningún caso formarán parte del coste de estos
activos, salvo que puedan ser directamente atribuidos a la preparación del
activo para su uso, los relacionados con la formación del personal que ha de
trabajar con el activo ni los imputables a las funciones administrativas,
comerciales u otros desembolsos indirectos de carácter general.
Las
amortizaciones
Con posterioridad al reconocimiento inicial, y hasta
que se produzca su baja, los elementos del inmovilizado intangible se
valorarán por su coste menos la amortización acumulada y el importe
acumulado de las correcciones realizadas por deterioro.
La empresa estimará si la vida útil o el período
durante el cual se prevé, razonablemente, que los beneficios económicos
inherentes al activo produzcan rendimientos para la empresa es definida o
indefinida. Se considerará que un activo intangible tiene una vida útil
indefinida cuando no exista un límite previsible del plazo a lo largo del
cual se espera que el activo genere rendimientos para la empresa.
Los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida
no se amortizarán, pero todos los años existe la obligación de analizar su
posible deterioro al margen de que no existan indicios de que dicho deterioro
se haya podido producir.
En el supuesto de que se considere que la vida útil de
un activo intangible es definida, se amortizará según el patrón de consumo
de los beneficios económicos inherentes al activo.
El valor residual de un activo intangible se
presumirá nulo a menos que se presente cualquiera de las siguientes
circunstancias:
·
Que exista un compromiso, por parte de
un tercero, para comprar el activo al final de su vida útil.
·
Que exista un mercado activo para el
activo intangible, y además pueda determinarse el valor residual con referencia
a este mercado o sea probable que ese mercado subsista al final de la vida útil
del mismo.
En Pymes y Autónomos
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